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Plazo límite con el IRS para reclamar reembolsos por multas de la pandemia vence este #10J

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El reloj corre para decenas de millones de contribuyentes en los Estados Unidos. Este viernes 10 de julio de 2026 vence de forma improrrogable el plazo legal para solicitar al Servicio de Rentas Internas (IRS) el reembolso o la condonación de multas e intereses cobrados por declaraciones o pagos tardíos de impuestos durante la pandemia del COVID-19. Quienes no remitan la documentación requerida antes de la medianoche perderán de forma definitiva el derecho a recuperar estos fondos.

De acuerdo con advertencias de la Defensoría Nacional del Contribuyente (un organismo independiente de supervisión del IRS), el beneficio no se procesará de manera automática. Es responsabilidad estricta de cada ciudadano tramitar la reclamación formal para exigir la devolución del dinero.

El fallo judicial que acorraló al IRS

El origen de este reembolso masivo se fundamenta en un revés legal para la autoridad fiscal. En el marco del caso Kwong v. United States, un tribunal federal dictaminó que, bajo las disposiciones del código tributario estadounidense, todos los plazos de presentación y pago de impuestos quedan pospuestos de manera automática mientras permanezca vigente una declaración federal de desastre, extendiéndose el beneficio hasta por 60 días adicionales tras su culminación.

Bajo este criterio jurídico, dado que la declaración federal de desastre por la pandemia abarcó desde el 20 de enero de 2020 hasta el 10 de julio de 2023, el IRS carecía de facultades legales para penalizar a los contribuyentes.

“Según la lógica del tribunal, el IRS no debería haber impuesto sanciones por presentación o pago tardío durante ese período de tres años y medio, ni haber cobrado intereses sobre esos montos. Este problema es generalizado y afecta a una base masiva de la población”, enfatizó la Defensoría Nacional del Contribuyente.

¿Quiénes son elegibles para recuperar su dinero?

El universo de afectados no se restringe a un sector especializado, sino que abarca a ciudadanos comunes, pequeños negocios y familias de ingresos bajos o moderados que se vieron desprovistos de asesoría contable profesional durante la crisis sanitaria. Califican de forma directa en esta ventana de alivio fiscal:

  • Pagos ejecutados: Personas que entregaron con retraso sus declaraciones y efectivamente pagaron las multas liquidadas por el IRS entre el 20 de enero de 2020 y el 10 de julio de 2023.
  • Deudas pendientes: Contribuyentes que arrastran saldos negativos con el IRS por concepto de penalizaciones acumuladas en dicho período, incluso si todavía no las han liquidado (en este escenario se aplica una reducción o eliminación del adeudo).
  • Declaraciones internacionales: Personas o entidades que presentaron fuera de plazo una declaración informativa de carácter internacional.

El procedimiento obligatorio: Formulario 843

Para formalizar la petición de reembolso, los afectados deben seguir una metodología sumamente estricta impuesta por los protocolos de la agencia federal:

1.Recopilar datos y montos exactos:Consulta de historial.

Acceder al portal en línea del IRS o revisar las cartas de notificación previas enviadas por la agencia para identificar con precisión el año fiscal afectado, el desglose exacto de las multas por presentación o pago tardío y los intereses cobrados.

2.Cumplimentar el Formulario 843:Descarga del documento.

Descargar de la página oficial del IRS el Formulario 843 (Claim for Refund and Request for Abatement). Rellenar los campos con los datos tributarios personales y detallar el sustento legal basado en las disposiciones de la declaración federal de desastre.

3.Envío físico por correo certificado:Canal postal.

Firmar el documento en original. El formulario no cuenta con habilitación para envío digital o electrónico (e-file), por lo que debe enviarse obligatoriamente por correo postal tradicional a la dirección del IRS correspondiente a su estado de residencia.

4.Certificación de la fecha de franqueo:Cierre de plazo.

Asegurarse de que el sobre sea depositado y cuente con el matasellos de la oficina postal con fecha de este viernes 10 de julio para que la solicitud sea admitida a trámite legal e integrada al litigio vigente.

Las autoridades supervisoras insisten en que las familias de ingresos medios son las que enfrentan un mayor riesgo de perder este beneficio debido a la falta de difusión de estos tecnicismos legales de última hora, por lo que instan a los contribuyentes a radicar sus documentos antes del cierre operativo de las oficinas de correos de su localidad.