Los abogados y dirigentes políticos César Pérez Vivas y Nelson Chitty La Roche interpusieron este lunes una demanda ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez. La acción judicial acusa al jefe del parlamento de incurrir en una omisión legislativa al no convocar a un debate formal para declarar la falta absoluta de Nicolás Maduro, quien se encuentra fuera de la jefatura de Estado desde el pasado 3 de enero de 2026.
El recurso, presentado como una Acción Popular por inconstitucionalidad de omisión legislativa, argumenta que el 3 de julio venció el plazo de seis meses fijado por la Constitución para la suplencia temporal asumida por la vicepresidenta encargada, Delcy Rodríguez. Ante esto, los demandantes solicitan a la Sala Constitucional que ordene al Poder Legislativo convocar a una sesión extraordinaria en un lapso no mayor a 48 horas para formalizar la vacante presidencial por «abandono fáctico del cargo» y notificar al Consejo Nacional Electoral (CNE) para la fijación de elecciones.
De la «ausencia forzosa» a la mutación jurídica del cargo
En el escrito redactado con la asistencia del asesor jurídico Oscar Arnal, los juristas recuerdan que tras la extracción de Maduro del territorio venezolano el 3 de enero y su posterior traslado forzoso a Estados Unidos para someterse a un proceso penal, la Sala Constitucional actuó de celeridad al calificar el hecho como una «agresión militar extranjera» y un «secuestro».
Dicha interpretación permitió decretar la figura de «ausencia forzosa» y habilitar la transición de Delcy Rodríguez para evitar un vacío de poder instantáneo. Sin embargo, los demandantes sostienen que con el paso del tiempo la tesis inicial se desvirtuó:
- Reconocimiento de la condición de procesado: Citan declaraciones del propio Jorge Rodríguez ofrecidas el 16 de julio, donde afirmó confiar en que Maduro «demuestre la verdad» en su juicio en EE. UU., lo que para los abogados constituye un reconocimiento implícito de la incapacidad física del mandatario para ejercer la Primera Magistratura.
- Vencimiento de plazos: Sostienen que al cumplirse seis meses de la ausencia el pasado 3 de julio, la condición de «falta temporal» sufrió una mutación jurídica irreversible hacia la «falta absoluta».
Parálisis parlamentaria y llamado a la institucionalidad
La demanda señala a la Sala Constitucional que la renuencia del parlamento a discutir la falta absoluta representa una parálisis que neutraliza el diseño orgánico del Estado y «lesiona la soberanía popular consagrada en el artículo 5 de la Constitución».
Asimismo, el documento cuestiona la conducta de la junta directiva de la Asamblea Nacional en el marco de la crisis política y las negociaciones internacionales, acusando a la representación parlamentaria de abdicar de sus funciones de control político al permitir que la transitoriedad degenere en una anomia constitucional.
Con este recurso, los demandantes buscan que el máximo tribunal del país restablezca el orden constitucional, obligue al parlamento a cumplir con el artículo 233 de la Carta Magna y se dé inicio al proceso para la conformación de un gobierno legítimo mediante la convocatoria de elecciones presidenciales.
