Corte Suprema falla a favor de imponer restricciones en clínicas antiaborto

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(MiamiNews24).-La Corte Suprema falló este martes en contra de una ley californiana que requiere a los centro conocidos como Crisis Pregnancy Centers (CPC, por sus siglas en inglés) informar a las mujeres sobre los servicios de salud reproductiva que tienen a su disposición, incluyendo el aborto. El fallo 5-4 contó con todos los jueces conservadores en la mayoría.

Estos CPC’s son organizaciones sin fines de lucro, a las que también se les denomina “clínicas falsas” , debido a que aconsejan a las embarazadas que no se practiquen abortos en ningún caso. Típicamente son controladas por grupos religiosos, cristianos conservadores en su mayoría.

En la decisión del caso NIFLA vs. Becerra, firmada por el magistrado Clarence Thomas, el derecho a la libre expresión garantizado por la primera enmienda de la Constitución prevalece sobre el derecho a saber y estar informado: de un lado estos centros buscan convencer a las mujeres a que continúen con su embarazo (sin importar las razones que tengan para abortar) y del otro, el estado de California busca evitar que estos centros no confundan –con o sin intención– a las mujeres que acuden buscando ayuda.

Quienes apoyan la ley californiana aseguran que el objetivo del estado es simplemente “buscar la verdad en la propaganda”, mientras que los centros antiaborto insisten en que la ley es inconstitucional, pues los convierte en amplificadores de un mensaje con el que no están de acuerdo.

El caso comenzó en 2015 cuando California aprobó una legislación conocida como FACT (Freedom, Accountability, Comprehensive Care and Transparency), que requiere a los centros antiaborto sin licencia colocar un aviso o informar de alguna otra forma a sus pacientes por escrito, que esos centros no poseen licencias médicas ni tampoco supervisores que garanticen que se provean los servicios.

La segunda provisión de la ley ordenaba a los centros con licencia que no provean una amplia gama de servicios reproductivos, incluyendo servicios cubiertos por Medicaid, que colocaran un cartel que informara que el estado provee acceso gratuito y de bajo costo a cuidados prenatales, anticonceptivos y otros cuidados reproductivos, entre los que se encuentra el aborto.

Reacciones al fallo

La decisión, en dos platos, permitirá a clínicas falsas sin licencia hacerse pasar por instalaciones médicas.

“Hoy la Corte Suprema decidió por un voto permitir a centros de salud falsos continuar con sus prácticas engañosas que hacen daño a las mujeres y sus familias”, escribió en un comunicado Melissa Flowler, directora de comunicaciones y membresías de la Federación Nacional del Aborto.

“Los falsos centros de salud para mujeres tienen una larga historia en lo que se refiere a utilizar el engaño y las mentiras para disuadir a las mujeres que elijan practicarse un aborto”, continúa Flowler. “Usualmente recibimos llamadas de mujeres en nuestra línea de ayuda, que han visitado esos centros sin saber, confundidas porque están diseñados para lucir como proveedor de abortos o incluso están ubicados cerca de clínicas reales”.

“Aunque la decisión de hoy representa un retroceso, seguiremos luchando hasta que todos los centros de salud falsos rindan cuentas por sus mentiras”, agregó.

En un tuit, la escritora Jill Filipovic escribió lo siguiente: “Los CPS’s no tienen que decirle la verdad a las mujeres debido a la primera enmienda. Ok, me parece justo. Pero entonces, ¿cómo justifican las muchas leyes antiaborto que requieren que los doctores les lean un guión a los pacientes sobre falsos riesgos de someterse a un aborto?

Otros usuarios de la red social destacaron que esta es una victoria para la libertad religiosa en Estados Unidos.

Fuente:Univisión Noticias.